La evaluación de la formación permanente: proceso necesario para la toma de decisiones
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La evaluación de la formación permanente: proceso necesario para la toma de decisiones

Se aborda el contexto que justifica las condiciones en las cuales el Estado brinda al personal del Ministerio de Educación Pública, espacios de formación permanente, y el deber de los funcionarios activos por atender y cumplir con las iniciativas de fortalecimiento profesional.

Carlos Méndez Bonilla | 12 oct 2020

En el marco del décimo aniversario de la creación del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano (IDPUGS), conviene recordar que el Ministerio de Educación Pública (MEP) es el ente empleador de más de 70 mil funcionarios activos. Según el artículo 26 de la Ley Fundamental de Educación El Estado ofrecerá, por medio del Ministerio del ramo, programas de formación profesional y de adiestramiento para el personal en servicio (p. 6). En este sentido está establecido, por mandato legal desde 1957, que al MEP le corresponde brindar a sus servidores, acciones concretas de formación, con el propósito de actualizar al personal, ofreciendo programas de formación permanente que contribuyan a mejorar la calidad del servicio que se brinda a la comunidad costarricense.

A lo largo de las distintas administraciones y visiones diversas de las autoridades educativas, se han implementado planes, programas, proyectos, estrategias, y otro tipo de iniciativas orientadas a la formación y la capacitación, cuyo propósito fundamental ha sido brindar a los funcionarios herramientas administrativas, técnicas, curriculares y académicas que les permitan mejorar su accionar en su ámbito laboral inmediato, considerando la diversidad de puestos, perfiles y funciones que desempeñan los servidores activos. El esfuerzo más reciente en este sentido se concretó con el Plan Actualizándonos. Sobre este documento en el estudio 4 en el apartado La voz de los actores del sistema educativo del Sexto Informe del Estado de la Educación, se indica que:

“Uno de los principales avances en el tema del desarrollo profesional fue la elaboración en 2016, por primera vez, del Plan Nacional de Formación Permanente 2016-2018 “Actualizándonos” (PNFP), a cargo del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano IDP-UGS), en conjunto con otras dependencias del MEP como los viceministerios y la Dirección Curricular. (PEN, 2017, p. 379)

En este Plan se contemplan cinco áreas estratégicas que procuran atender las necesidades de capacitación de todos los funcionarios en servicio, a saber:

1. Transformación curricular

2. Equidad e inclusión social digital

3. Ciudadanía planetaria con identidad nacional

4. Educación para el desarrollo sostenible

5. Gestión institucional

Importancia de la formación docente" | MEP - Dirección Regional de  Educación AlajuelaEl MEP cuenta con funcionarios que se ubican tanto en el Título I como el Título II del Estatuto del Servicio Civil, que se clasifican como: administrativos, administrativo-docentes, técnicodocentes y propiamente docentes. Este último grupo, constituye la mayor cantidad de funcionarios, los cuales tiene bajo su responsabilidad la loable labor de formar a la niñez y la adolescencia costarricense.

Según el inciso k del artículo 57 del Capítulo III del Título II del Estatuto del Servicio Civil, entre los deberes del personal docente, se contempla Ampliar su cultura y acrecentar su capacidad pedagógica por medio de los cursos y actividades de mejoramiento profesional que promueva el Ministerio de Educación Pública (p. 30). En este sentido, la formación permanente, no es una actividad que debe ser de interés únicamente del ente empleador, sino que también es una obligación de parte de los servidores públicos, en este caso de los docentes que laboran en los centros educativos.

En este contexto, corresponde al Ministerio de Educación Pública, ofrecer a sus funcionarios docentes oportunidades de formación profesional, pero además es obligación de los mismos aprovechar los espacios de formación y capacitación, siendo un esfuerzo de doble vía. Es importante anotar, que según la normativa del Centro y Capacitación y Desarrollo (CECADES) de la Dirección General de Servicio Civil (DGSC), estos espacios de formación, cuya modalidad presencial, se realiza durante la jornada laboral, brindan a los participantes que cumplen con los requisitos de aprobación, un certificado de participación o aprovechamiento, que posteriormente es valioso, para procesos de concurso interno y externo, así como para el reconocimiento económico de carrera profesional. Por lo tanto, el servidor es beneficiado por el Estado, no solo con procesos que les permiten actualizar y mejorar sus conocimientos y habilidades para la mediación pedagógica, sino que además, por ello cuenta con un incentivo económico.

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