Mujeres divorciadas pueden recibir pensión de su expareja
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Mujeres divorciadas pueden recibir pensión de su expareja

Corte determinó que pueden acceder a la pensión de sobreviviente si sufrieron violencia.

5 nov 2020


Durante 40 años una mujer vivió con su esposo, matrimonio en el cual tuvieron seis hijos. En esas cuatro décadas, ella se dedicó al cuidado del hogar mientras que él trabajaba en la Caja Agraria.

En 1993 el hombre se pensionó tras más de 20 años de trabajo en esa empresa, mesada que recibió hasta su muerte. Pero cinco años después de que él se pensionara, debido a la constante violencia intrafamiliar que ella sufría, al maltrato físico y psicológico, la mujer decidió dejarlo y se fue a vivir a Bogotá, con ayuda de sus hijos.

Como ella dependía económicamente del esposo, volvió al hogar en 1999, en donde convivieron por 5 meses más, y luego se divorciaron. Con una demanda, ella logró obtener una cuota de alimentos que le fue pagada hasta el 2004, cuando él falleció.(Lea también: Requisito de convivencia de 5 años para la pensión no es para todos). 

Tras su muerte, ella pidió la pensión de sobreviviente pero se la negaron afirmando que al momento del fallecimiento, ellos dos ya no eran esposos, sin que se hiciera ningún tipo de pronunciamiento frente a las razones que llevaron a romper el vínculo conyugal. Por eso ella interpuso una tutela que fue rechazada, hasta que llegó a la Corte Suprema de Justicia.

El caso quedó en manos de Ana María Muñoz Segura, magistrada de la Sala Número 4 de Descongestión Laboral, quien elaboró una importantísima sentencia en la que tuvo en cuenta las desigualdades y las violencias que sufren las mujeres como un marco de contexto obligatorio a la hora de evaluar un caso y administrar justicia. 

(Le puede interesar: Corte tumbó el segundo decreto sobre traslado de pensiones)

En su recurso, la mujer a la que le negaron la pensión de sobreviviente dijo que lo hicieron sin tener en cuenta que el divorcio se dio por culpa de su esposo. Además aseguró que entre los dos siguió existiendo una vida en común después de la separación en la que lo siguió acompañando hasta su muerte. 

(Además: ¿Qué es la pensión de sobreviviente y quiénes tienen derecho a ella?)

El fallo le dio la razón a la mujer y aseguró que el Tribunal no tuvo en cuenta el maltrato que ella sufrió por más de 40 años, pues su exesposo le propinó fuertes golpizas y la ultrajó con palabras vulgares y humillantes. Esos hechos de violencia no podían ser desechados solo por el hecho de que ella no hubiera denunciado, pues según estudios tenidos en cuenta por la Corte, solo el 20 por ciento de las mujeres que afirmó haber sufrido violencia de género denuncia. 

(Lea: Tumban alivio pensional, a reembolsar aportes por $3 billones)

Por eso, en el caso de la mujer que presentó la tutela el alto tribunal afirmó que ella es un sujeto de especial protección, por ser de la tercera edad, no cuenta con recursos económicos, porque dependía económicamente de su exesposo, y se trata de una víctima de violencia de género que con su trabajo no remunerado contribuyó en la pensión de vejez del exesposo. 

Pero además, dice la corporación, el Tribunal que negó la tutela no tuvo en cuenta que aunque ya no estaban casados, ella siguió asistiendo y cuidando a su expareja agresora, hasta su muerte. Por eso, la Corte tumbó el fallo del 2011 que le había negado la mesada y ordenó pagarle la pensión. 

 

Fuete:
https://www.eltiempo.com/justicia/cortes/corte-suprema-mujeres-divorciadas-pueden-recibir-pension-de-sobreviviente-de-su-expareja-542047

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