En la lucha por conformar la nación mexicana después de la consumación de la Independencia, el sábado 23 de junio del año pasado, el triunvirato mexicano, conocido como Supremo Poder de México, estableció de forma provisional la planta del Tribunal Supremo de Justicia, compuesta por tres salas. La primera Sala se compondría por tres individuos y las otras dos de cinco cada una. Se establecía un fiscal que desempeñaría su oficio en las tres salas; mientras que el primer nombrado desempeñaría, con el decano, las funciones de presidente. De acuerdo con Magdalena Mas, en su investigación, “El triunvirato de Guadalupe Victoria, Nicolás Bravo y Celestino Negrete”, el triunvirato reconoció deudas contraídas durante la guerra y adquirió nuevos compromisos, medidas que alcanzaron para sufragar un gobierno naciente en “un país que despertaba y se reconocía como tal en medio de fracciones y diferencias profundas” Durante el Supremo Poder Ejecutivo, se declararon estados libres y soberanos Oaxaca, Yucatán, Jalisco y Zacatecas; mientras que se separó permanentemente el territorio de Centroamérica en julio del año pasado. Como parte de su funcionamiento, el triunvirato tuvo problemas y cambios de integrantes. A principios de este año, Vicente Guerrero presentó su renuncia al triunvirato aunque el Congreso, en sesión secreta, no la aceptó. Poco a poco, se fue presentando un desgaste de la institución y los defensores del gobierno colegiado propusieron dos tipos de triunvirato: uno con la elección de un ejecutivo de tres individuos, en la que participaran las legislaturas de los estados; mientras que el segundo tipo establecía una elección por mayoría absoluta de una terna de junta de electores. Ante diversas rebeliones que se habían generado, hace aproximadamente una semana, el ministro Pedro de la Llave solicitó al Congreso definir de manera urgente la forma de gobierno que habría de tomar el país. En tanto, el diputado Miguel Ramos Arizpe, presidente de la comisión de Constitución, entregó un proyecto de ley orgánica provisional. Al final, el 31 de enero , se presentó el Acta Constitutiva de la Federación. En el documento, se establecía que el poder ejecutivo se depositaría por la Constitución en el individuo o los individuos que ésta señale, quienes debían ser residente y naturales de cualquiera de los estados o territorios de la federación.
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