Las oportunidades de empleo con apoyo se crean principalmente para personas con discapacidad intelectual, aunque la práctica ha ampliado el proyecto a otras áreas, como personas con enfermedades físicas, sensoriales o mentales.
Los destinatarios y destinatarias finales de los programas de empleo con apoyo, serán los trabajadores/as con discapacidad registrados/as como personas desempleadas en busca de empleo en el Servicio Público de Empleo, como demandantes de empleo no ocupados, y los trabajadores/as con diversidad funcional empleados/as por centros especiales de empleo, pero en ambos casos, caerán en uno de los siguientes perfiles:
Las personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual tienen un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33%.
Las personas con discapacidad física o sensorial, tienen un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 65%.
Las empresas deben contratar trabajadores/as en el mercado laboral general, mediante contratos indefinidos o de duración determinada de al menos 6 meses. Si es a tiempo parcial, la jornada laboral debe ser al menos el 50% de la jornada laboral del empleado/a equivalente a tiempo completo.
Estas empresas tendrán derecho a la contratación de personas con diversidad funcional en la normativa que se encuentra en vigor.
Si el trabajador/a con alguna diversidad por cuenta ajena procede de un miembro del personal de un centro especial de empleo, además del convenio colectivo aplicable, seguirá disfrutando de la baja voluntaria del centro en las condiciones que establezca la normativa correspondiente.
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